Condiciones generales
TERMINOS Y CONDICIONES ESTÁNDAR DE LOS ALQUILERES HERBERU S.L
Resumen de condiciones generales del contrato de alquiler entre el arrendador ( Herberu S.L) y el arrendatario, (Cliente).
- * La edad necesaria para alquilar un vehiculo es de 25 años.
- * La forma de pago siempre tendrá que ser mediante tarjeta de credito.
1 .Entrega y devolución
El arrendatario reconoce y declara que el vehículo se halla en buen estado general, sin defectos aparentes, obligándose a devolvérselo a HERBERU S.L. en el mismo lugar y fecha mencionados en el presente contrato. HERBERU S.L. se reserva el derecho de obtener la devolución del vehículo en cualquier momento durante la vigencia del presente contrato, si su utilización contraviniera lo dispuesto en el mismo.
2. El cliente deberá informar inmediatamente al Arrendador, de la pérdida, daños o averías
Que sufriera el vehículo y en caso de que estas impidiesen conducirlo con seguridad, no debe utilizarlo, hasta que el daño o avería haya sido reparado. El arrendador dispondrá de un plazo de 72 horas para solucionar o tomar medidas necesarias para la solución del accidente o avería. El cliente conviene no desprecintar o manipular el cuenta-kilómetros y de informar inmediatamente al Arrendador, de cualquier avería del mismo.
3. El vehículo no será utilizado:
a) Para salir fuera de España peninsular, sin la autorización del Arrendador.
b) Para el transporte de pasajeros o mercancías, cuando ello implique, explicita o implícitamente, subarreamiento del Vehículo con fines lucrativos.
c) Para realizar actos ilegales.
d) Para empujar o remolcar cualquier vehículo.
e) Parar pruebas deportivas de cualquier clase o para enseñar a conducir.
f) Infringiendo las normas del código de circulación.
g) Para transportar mas personas de las indicadas para el vehiculo o superar el peso limite recomendado por el fabricante.
h) Por conductores no autorizados por el arrendador.
i) Por quien hay dado nombre, edad, o dirección falsas.
j) Por quien esté en inferioridad de condiciones físicas o bajo la influencia del alcohol, drogas o sufra epilepsia.
k) Por quien haya sido condenado en los tres últimos años por infracción grave del Código de la circulación.
f) Para circular por caminos no asfaltados.
4. El cliente se hace cargo de toda la gasolina consumida durante el arrendamiento
Se compromete a efectuar los engrases y cambios de aceite precisos, que serán por cuenta del Arrendador.
5. El cliente se compromete a pagar al Arrendador, cuando éste lo requiera
De acuerdo con su tarifa vigente o con lo especificado en este convenio, los siguientes cargos, contados desde la iniciación del alquiler, hasta la fecha de devolución del vehículo.
a) Los kilómetros recorridos y el tiempo de disposición del Vehículo. Los kilómetros se determinaran por la lectura del cuenta kilómetros precintado del vehículo, y en caso de avería del cuenta –kilómetros, se estimara la distancias recorrida, con un mínimo de 500 kilómetros diarios.
b) Los cargos por revelar ala cliente su responsabilidad por daños ocasionados al vehículo, por colisión o vuelco, (PLUS), cargo opcional de Seguro de Accidente Personal y cualquier otros cargos que se estipulen en el anverso de este convenio.
CLAUSULA ADICIONAL SEGUROS: El seguro no cubre los días de inmovilización del Vehículo por accidente durante el tiempo que dure la recuperación, cuyo pago, en su caso, podrá HERBERU S.L. reclamar del arrendamiento hasta un máximo de 30 días, a razón de la tarifa de kilometraje ilimitado.
6. La persona firmante del presente Convenio o cualquier otra persona.
La
empresa u organización determinada por el cliente, como responsable del pago de los cargos del arrendamiento, serán considerados responsables, indistinta y solidariamente , del pago de la cantidad adeudada o que pudiera adeudarse, en virtud de este convenio.
7.El cliente y conductores autorizados por el Arrendador, participan como asegurados
De los beneficios de una póliza de Responsabilidad Civil, copia de la cual puede examinarse en la oficina principal del Arrendador, que les provee de cobertura limitada contra daños a terceros. No se consideran terceras personas a los efectos de esta cobertura, el conductor del Vehículo, su cónyuge, ascendientes, socios y personas que tengan con el mismo relación de salario o dependencia, Asimismo, quedan expresamente excluidos del seguro la pérdida, robo o daños causados a bienes transportados en el vehículo. El cliente y conductores autorizados por el Arrendador se comprometen a cumplir los términos y condiciones de dicha póliza de seguro que forma parte integrante del presente Convenio del Arrendamiento y asimismo convienen en proteger los intereses del Arrendador y de la compañía de seguros de este, cumpliendo las siguientes normas en caso de accidente:
a) No admitiendo responsabilidad o culpabilidad del echo.
b) Obteniendo datos completos de la parte contraria, así como de posibles testigos.
c) Notificando inmediatamente a la autoridad, se la culpabilidad de la otra parte debe ser investigada, o si hay personas heridas.
d) No abandonando el vehículo sin tomar las debidas precauciones para salvaguardarlo.
e) Informando inmediatamente por teléfono y posteriormente por escrito, dentro de las 24 horas siguientes al accidente, a la base donde alquiló el Vehículo.
f) Notificando al Arrendador de cualquier aviso que recibiera y colaborando con este, en cualquier establecimiento, defensa o demanda relativa al accidente.
8. El Arrendador no será responsable de las perdidas o daños que se produjesen a objetos
Dejados o transportados por el Cliente o cualquier otra persona dentro o sobre el vehículo, bien sea con anterioridad o después den la devolución de este al Arrendador. El cliente acepta el riesgo de tales pérdidas no daños y releva al Arrendador de toda responsabilidad por esta causa.
9. Indemnización
En la medida y extensión autorizada por las leyes HEREBRU S.L. no será responsable de los daños o perjuicios sufridos por el Arrendatario o por terceros con motivo del uso y funcionamiento del vehículo, ni de la perdida o robo de bienes (o daños a bienes) del Arrendatario dejados en el vehículo, por las perdidas o incomodidades resultantes de la demora en entrega o posible avería de motor u otra causa, y el Arrendatario liberará a HERBERU S.L. de todo daño o responsabilidad al respecto.
10. Cualquier alteración a las cláusulas de este convenio de Arrendamiento
No tendrá validez, a menos que se acepte por escrito, debidamente firmado por el Arrendador.
11. En caso de divergencia o pleito entre las partes
Estas acuerdan someterse al fuero de los Tribunales de Madrid, con renuncia a cualquier otro.